En el área legal y de recursos humanos, y para las operaciones internas de una empresa, V5GA desarrolla un servicio especializado por medio de programas que ayudan a su negocio a gestionar la contratación legal de talento extranjero navegando por el complejo sistema de visas y regulaciones de los Estados Unidos, de Canadá o de la Unión Europea. Pieza fundamental para la rentabilidad de cualquier negocio.
En términos sencillos, como analistas, evaluamos y negociamos con las mejores consultorías en recursos humanos acreditadas y con buena reputación en el mercado para adquirir personal y servicios que su empresa o proyecto necesita para funcionar, asegurando siempre el mejor equilibrio entre el talento, la calidad, el tiempo y el precio.
La diferencia es su tranquilidad, que desarrolla un enfoque mucho más analítico y estratégico.
En conclusión, un servicio especializado que ayuda a los negocios a gestionar la contratación legal de talento extranjero dentro y fuera de los Estados Unidos, navegando por el complejo sistema de visas y regulaciones que se nos exigen.
A diferencia de un proceso individual, nos enfocamos mucho más en el cumplimiento de las leyes laborales, sean locales, estatales o a nivel federal, asegurando que la empresa no enfrente sanciones legales o financieras.
Como parte de nuestra estrategia aseguramos el mejor talento internacional dentro de cada país y manteniendo la continuidad operativa, analizando previamente las opciones legales y financieras para trasladar el personal clave.
Actualmente, depender de una visa tradicional representa un riesgo operativo alto debido a que está sujeta a una lotería anual (con probabilidades de selección muy bajas) y a costos gubernamentales que han ido en aumento.
Para mitigar estos riesgos y reducir costos a largo plazo, capitalizamos el recurso humano que usted necesita desarrollando un programa estrategico interno en base a los programa de visas existentes para el talento clave que necesita.
Nuestros programas desarrollan ventajas financieras y operativas para su empresa de manera contundente por ejemplo:
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Cero Loterías y Disponibilidad Inmediata: A diferencia de la H-1B, la L-1 no tiene límite anual. Podemos solicitarla en cualquier momento del año y, mediante el proceso "Premium", tener a nuestro gerente o especialista operando en EE. UU. en un plazo de 2.5 a 4 meses de manera predecible.
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Ahorro en el Camino a la Residencia (Green Card): Al transferir gerentes y ejecutivos bajo la categoría L-1A, la empresa adquiere el derecho de patrocinarlos directamente para la Residencia Permanente (EB-1C). Esto nos exime legalmente del proceso PERM del Departamento de Trabajo, ahorrándonos entre 1 y 2 años de trámites y miles de dólares en honorarios legales y costos de publicación.
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Alta Retención de Talento: La visa L-1 permite que los cónyuges de nuestros empleados obtengan autorización automática para trabajar en EE. UU., lo cual es un incentivo decisivo para que los altos directivos acepten el traslado y se queden con nosotros a largo plazo.
Asi mismo desarrollamos un programa de recomendaciones (o programa de referidos) basado en la experiencia con un sistema donde su empresa o nosotros incentivamos a sus propios empleados para que sugieran candidatos para vacantes difíciles de llenar.
Nuestros programas son pieza clave para el reclutamiento de talento especializado, profesional, tecnico o no cualificado donde aprenden sus tareas mediante una previa inducción o capacitación corta ajustandose a la práctica diaria. que su equipo necesita.
Desarrollamos Políticas Internas de Patrocinio Migratorio, la cual incluye acuerdos de retención (Clawback Agreements) para proteger financieramente la inversión de la empresa en caso de que el empleado renuncie.
Desarrollamos consultas especializadas exclusivamente en movilidad corporativa (B2B) para asegurar un contrato de tarifa plana, evitando el riesgo de facturación por hora.
Servicios que ofrecemos a las empresas:
1. Gestión de Visas de Trabajo (Visas de No Inmigrante)
Las empresas necesitan atraer talento rápidamente o trasladar empleados de sus sucursales en otros países. Nos encargamos de analizar qué visa es la adecuada y de realizar todo el papeleo ante USCIS, IRCC (Immigration, Refugees and Citizenship Canada), o autoridad nacional en cada país que corresponde a la Unión Europea. Por ejemplo:
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Visas H-1B: para profesionales con títulos universitarios o conocimientos altamente especializados (muy comunes en los sectores tecnológico e ingeniero).
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Visas L-1: Para transferir ejecutivos, gerentes o empleados con conocimientos especializados desde una oficina extranjera a la sede en EE. UU.
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Visas TN: para profesionales ciudadanos de México y Canadá, bajo el Tratado-Mercado Comercial (T-MEC).
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Visas O-1: para personas con habilidades extraordinarias en ciencias, artes, educación, negocios o atletismo.
2. Patrocinio para la Residencia Permanente (Green Cards)
Implementamos programas y condiciones equitativamente justas para retener al talento extranjero a largo plazo, con la motivación para patrocinar la residencia de sus empleados productivos o claves.
Por ejemplo:
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Certificación Laboral (PERM): Nuestros programas guia a su empresa a través del riguroso proceso del Departamento de Trabajo para demostrar que no hay trabajadores estadounidenses calificados y disponibles para ese puesto específico.
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Peticiones EB (Employment-Based): Preparación de las categorías para trabajadores prioritarios (EB-1), profesionales con títulos avanzados (EB-2) o trabajadores calificados (EB-3).
3. Cumplimiento Legal Corporativo (Compliance)
Este es uno de los servicios más críticos. Contratar a alguien sin autorización, incluso por error, puede resultar en multas federales severas para la empresa. Por tanto desarrollamos por ejemplo:
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Auditorías del Formulario I-9: Revisión interna de los archivos de Recursos Humanos para asegurar que los formularios I-9 de todos los empleados (estadounidenses o extranjeros) estén llenados correctamente y sin errores.
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Implementación de E-Verify: Asesoría y capacitación para que la empresa utilice este sistema gubernamental que verifica electrónicamente la identidad y elegibilidad de empleo.
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Preparación contra ICE: Creación de protocolos sobre qué debe hacer la empresa y Recursos Humanos si la agencia de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) llega a las oficinas para una inspección sorpresa.
4. Estrategia Corporativa y Movilidad Global
Cuando las empresas crecen o cambian, el estatus migratorio de sus empleados se ve afectado.
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Fusiones y Adquisiciones (M&A): Si la empresa compra a otra o se fusiona, la consultoría evalúa cómo esto afecta las visas de trabajo de los empleados para evitar que pierdan su estatus legal.
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Políticas de Inmigración Internas: Ayudan a Recursos Humanos a crear manuales sobre cuándo la empresa pagará por una visa, cuándo patrocinarán una Green Card y qué gastos cubren.
Un ejemplo de los requisitos y los costos actualizados (para 2026) de las dos visas corporativas más comunes usadas como la H-1B y la L-1.
1. Visa H-1B (Para Profesionales Especializados)
Esta es la visa más común para contratar talento extranjero (como ingenieros de software, analistas financieros, científicos, etc.) que no ha trabajado previamente para su empresa.
Requisitos principales para la empresa:
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Título Universitario: El puesto ofrecido debe requerir obligatoriamente un título universitario de 4 años (Bachelor's degree) o su equivalente, y el candidato debe poseerlo.
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Salario Prevaleciente: La empresa debe demostrar ante el Departamento de Trabajo que le pagará al extranjero un salario igual o mayor al que ganaría un estadounidense en esa misma ciudad y puesto.
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La Lotería: Existe un límite anual (cap) de 85,000 visas. Debido a la alta demanda, la empresa debe registrar al candidato en una lotería en marzo de cada año; si es seleccionado, entonces puede presentar la solicitud.
Un ejemplo de los costos aproximados para la empresa (Aprox. 2026):
⚠️ ATENCIÓN - CAMBIO CRÍTICO: En septiembre de 2025 entró en vigor una nueva proclamación presidencial que impone una tarifa complementaria única de $100,000 USD a los empleadores por cada NUEVA petición de visa H-1B.
Además de ese recargo, los costos base gubernamentales (que obligatoriamente debe pagar la empresa, no el empleado) son:
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Registro de lotería: $215
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Tarifa base I-129: $780 (o $460 para empresas pequeñas con 25 o menos empleados).
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Prevención de Fraude: $500 (solo para la primera petición).
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Entrenamiento (ACWIA): $1,500 (o $750 para empresas pequeñas).
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Tarifa de Programa de Asilo: $600 (o $300 para empresas pequeñas).
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Honorarios legales: Generalmente entre $2,000 y $5,000+.
Visa L-1 (Para Transferencias Intracompañía)
Esta visa se usa exclusivamente cuando tu empresa ya tiene una oficina, sucursal, matriz o empresa filial en otro país, y quieres traer a un empleado de esa oficina extranjera a trabajar a la oficina de Estados Unidos.
Requisitos principales para la empresa:
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Relación Corporativa: Debe existir una relación accionaria o de control válida entre la empresa en el extranjero y la empresa en EE. UU.
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Antigüedad del Empleado: El empleado debe haber trabajado para la oficina extranjera de forma continua durante al menos 1 año dentro de los últimos 3 años.
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Rol Específico: El empleado debe venir a EE. UU. a ocupar un puesto de Gerente/Ejecutivo (Visa L-1A) o un puesto que requiera "Conocimiento Especializado" sobre los productos o procesos de la empresa (Visa L-1B).
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La gran ventaja: NO está sujeta a ninguna lotería anual (se puede pedir en cualquier momento del año) y NO está sujeta a la nueva tarifa de $100,000.
Costos para la empresa (Aprox. 2026):
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Tarifa base I-129: $1,385 (o $695 para empresas pequeñas/sin fines de lucro).
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Prevención de Fraude: $500 (solo para la primera petición).
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Tarifa de Programa de Asilo: $600 (o $300 para empresas pequeñas).
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Honorarios legales: Generalmente entre $3,000 y $6,000+ (suele requerir más documentación corporativa que la H-1B).
Resumen de Comparación
Diferencias entre la Visa H-1B y la Visa L-1 (A / B)
Uso principal: Contratar talento nuevo con título. Transferir empleados de sedes extranjeras.
La Visa H-1B esta sujeta a Lotería (marzo de cada año).
la Visa L-1 (A / B) no esta sujeta a lotería y esta disponible todo el año.
Visa H-1B paga una tarifa complementaria única de $100,000 USD a los empleadores por cada NUEVA petición.
la Visa L-1 (A / B) NO paga una tarifa complementaria por cada NUEVA petición.
Para la Visa H-1B por antiguedad no hay ningún requisito. Para la Visa L-1 (A / B) El empleado debe haber trabajado para la oficina extranjera de forma continua durante al menos 1 año dentro de los últimos 3 años. Mínimo 1 año en la sede extranjera.
Procesamiento Rápido ambas visas (pagando $2,805 extra).
Debido a la nueva política de los $100,000 dólares para las visas H-1B, muchas empresas están optando por establecer oficinas en otros países (como Canadá o México), contratar al talento allí durante un año, y luego transferirlos a EE. UU. bajo la visa L-1.
¿Tu empresa actualmente tiene alguna subsidiaria u oficina fuera de los Estados Unidos que permitiría explorar la ruta de la visa L-1?
Si no tienes una subsidiaria u oficina fuera de los Estados Unidos, nosotros la establecemos por tí.
Tener una oficina o subsidiaria fuera de Estados Unidos cambia por completo las reglas del juego a favor de tu empresa. Dado que la vía H-1B se ha vuelto tan costosa y depende de una lotería, utilizar tu oficina en el extranjero para tramitar Visas L-1 es actualmente la estrategia corporativa más inteligente, rápida y segura. Para aprovechar esta ventaja, tu empresa debe enfocarse en definir qué tipo de talento necesita traer a EE. UU. Aquí le explicamos a materia de ejemplo las dos clasificaciones de la visa L-1 y los pasos estratégicos a seguir:
1. Define el tipo de talento que vas a transferir
Existen dos subcategorías de la visa L-1, dependiendo del rol que el empleado desempeñará en Estados Unidos:
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Visa L-1A (Para Gerentes y Ejecutivos): Se usa para transferir a líderes que supervisan equipos, manejan presupuestos o dirigen un departamento clave.
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La gran ventaja a futuro: Si transfieres a un gerente con L-1A, esa persona tiene un camino directo y ultrarrápido hacia la Residencia Permanente (Green Card) bajo la categoría EB-1C. A diferencia de otros empleados, no requiere el largo y costoso proceso de Certificación Laboral (PERM) del Departamento de Trabajo.
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Visa L-1B (Para Empleados con "Conocimiento Especializado"): Se usa para trabajadores que no son jefes, pero que conocen a la perfección las herramientas internas, los productos, los procesos patentados o la tecnología exclusiva de tu empresa. No se trata de un conocimiento general de la industria, sino algo muy específico de tu compañía.
2. Pasos estratégicos a seguir internamente
Antes de iniciar cualquier proceso, debemos obtener información de la oficina de Recursos Humanos o de la directiva de su empresa donde debemos preparar lo siguiente:
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Auditoría de antigüedad: Revisamos su nómina extranjera e identificamnos qué empleados son clave y que ya hayan cumplido el requisito de oro: haber trabajado de forma continua a tiempo completo durante al menos 1 año (dentro de los últimos 3 años) en la oficina de fuera de EE. UU.
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Preparar la evidencia corporativa: El gobierno de EE. UU. es muy estricto al verificar que la empresa extranjera y la estadounidense son realmente la misma entidad, matriz/subsidiaria o filiales. Necesitarán tener a la mano las actas constitutivas, los certificados de acciones y los registros de impuestos de ambas empresas.
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Diseñar el puesto en EE. UU.: El rol que el empleado va a ocupar en Estados Unidos debe encajar perfectamente en la definición de Gerente (L-1A) o Conocimiento Especializado (L-1B). Tendrán que redactar una descripción de puesto muy detallada justificando por qué necesitan traer a esa persona específicamente.
El beneficio para los dependientes
Un excelente argumento de retención de talento para su empresa es que, al tramitar una visa L-1, el cónyuge del empleado obtiene automáticamente una visa L-2S. Esta visa le permite al cónyuge trabajar legalmente en cualquier lugar de Estados Unidos, sin necesidad de pedir permisos adicionales.
PARTE 1: La Lista de Evidencia Corporativa y Financiera
Para aprobar una visa L-1, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS) es sumamente estricto. Tu empresa debe demostrar sin dejar lugar a dudas dos cosas: 1) Que existe una relación corporativa válida (matriz, subsidiaria, sucursal o filial) y 2) Que ambas empresas están operando activamente (haciendo negocios reales, no son solo empresas "de papel").
Aquí tienes el "checklist" de lo que tu equipo legal o de Recursos Humanos deberá preparar:
1. Para probar la relación corporativa (El "ADN" de las empresas):
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Actas Constitutivas (Articles of Incorporation o Estatutos Sociales) tanto de la empresa en EE. UU. como de la empresa en el extranjero.
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Certificados de Acciones (Stock Certificates) y el Libro de Registro de Acciones de ambas entidades. Esto es clave para demostrar quién es el dueño mayoritario y confirmar que una controla a la otra.
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Organigrama Global: Un diagrama visual claro que muestre cómo la empresa en el extranjero y la de EE. UU. están conectadas estructuralmente.
2. Para probar que están "Operando Activamente" (Doing Business):
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Declaraciones de impuestos corporativos más recientes de ambas empresas.
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Estados financieros auditados, balances generales o reportes anuales recientes.
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Extractos bancarios corporativos recientes que muestren flujo de capital.
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Contrato de arrendamiento (Lease Agreement) o escrituras de la oficina física en Estados Unidos. USCIS exige que haya un espacio físico real y adecuado para operar.
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Material de marketing: Folletos, capturas de pantalla del sitio web, contratos con clientes actuales, facturas o recibos de aduanas que demuestren el intercambio de bienes o servicios.
3. Para probar la antigüedad y el rol del empleado:
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Recibos de nómina (Pay stubs) y registros de impuestos que demuestren que el empleado ha trabajado a tiempo completo en la oficina extranjera durante al menos 1 año continuo en los últimos 3 años.
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Organigramas departamentales: Uno que muestre a quién supervisaba en el extranjero y otro que muestre a quién supervisará en Estados Unidos (con los títulos y responsabilidades de los subordinados).
PARTE 2: El "Atajo" a la Green Card para Gerentes (Categoría EB-1C)
Esta es la razón principal por la que las grandes multinacionales aman la visa L-1A (la de gerentes y ejecutivos). Si transfieres a un líder bajo esta categoría, tu empresa puede ofrecerle la Residencia Permanente de una manera mucho más rápida y económica que a otros trabajadores.
¿Por qué es un camino "directo"? Normalmente, para patrocinar una Green Card por empleo, una empresa debe pasar por un proceso llamado Certificación Laboral (PERM) ante el Departamento de Trabajo. Esto implica publicar anuncios de trabajo en periódicos, entrevistar a candidatos locales y probarle al gobierno que "no existe ningún trabajador estadounidense disponible y calificado para este puesto". Es un proceso que tarda entre 1 y 2 años, y es muy costoso.
Los gerentes multinacionales (EB-1C) están EXENTOS del PERM. Al ser transferidos como ejecutivos, la ley asume que su conocimiento corporativo es invaluable y no requiere probar que no hay estadounidenses disponibles.
¿Cómo funciona el proceso a la Green Card?
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El requisito del año de oro: Para que la empresa en EE. UU. pueda pedir la Green Card para este gerente, la oficina de Estados Unidos debe llevar operando activamente (facturando y teniendo empleados) por lo menos 1 año consecutivo.
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La Petición Directa (I-140): Si la empresa cumple ese año, puede presentar inmediatamente el Formulario I-140 (Petición de Trabajador Inmigrante Extranjero) en la categoría EB-1C.
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Ajuste de Estatus (I-485): Al mismo tiempo (o poco después), el gerente y su familia (cónyuge e hijos menores de 21 años) presentan su solicitud para convertirse formalmente en residentes permanentes sin tener que salir de Estados Unidos.
En resumen: Usar tu oficina en el extranjero para transferir a empleados clave bajo la L-1 no solo te ahorra el estrés de las loterías y las nuevas tarifas altísimas de la H-1B, sino que te da una herramienta de retención de talento insuperable: un carril rápido hacia la residencia permanente para tus mejores directivos.
Entrar en la parte financiera es fundamental, porque los procesos migratorios corporativos son una inversión importante. Definir quién paga qué (la empresa o el empleado) depende de dos cosas: las leyes federales estrictas y la práctica estándar del mercado corporativo.
Estos son los costos para que tu empresa pueda presupuestar correctamente y crear una política interna clara:
1. Lo que dicta la Ley Federal (Reglas Intocables)
El gobierno de EE. UU. tiene reglas muy estrictas sobre ciertas visas para proteger los salarios de los trabajadores. Si la empresa viola estas reglas, puede enfrentar multas severas y perder el derecho a patrocinar visas.
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Proceso PERM (Para Green Cards EB-2 y EB-3): Si tu empresa patrocina a alguien que requiere una Certificación Laboral, la ley exige que la empresa pague el 100% de los costos, incluyendo nuestros honorarios y los anuncios en periódicos. Esto quiere decir que el empleado no puede pagar absolutamente nada, ni siquiera reembolsarlo después.
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Visas H-1B: Como vimos antes, la empresa debe pagar todas las tarifas gubernamentales obligatorias y los honorarios legales relacionados con la petición. El empleado no puede cubrir estos gastos.
2. Práctica Estándar del Mercado (Visas L-1 y EB-1C)
A diferencia de la H-1B o el PERM, la ley es un poco más flexible con la visa L-1 (transferencias) y la categoría EB-1C (Green Card para gerentes). Sin embargo, para ser competitivas y retener talento, así es como las empresas suelen estructurarlo:
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Costos del Trabajador Principal (L-1 y Petición I-140): * Quién paga: La empresa.
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Por qué: Traer a un directivo o empleado especializado a EE. UU. se considera un gasto operativo del negocio. La empresa absorbe las tarifas de USCIS (aprox. $1,385 a $1,885+) y nuestros honorarios.
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Costos de los Familiares (Visas L-2 para cónyuge e hijos):
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Quién paga: Es negociable.
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La práctica: Las grandes corporaciones suelen cubrir esto como un beneficio adicional para el empleado. Las empresas medianas o pequeñas a menudo piden que el empleado asuma los costos gubernamentales y legales de su familia (que suelen ser unos cientos de dólares por persona, más honorarios).
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El Ajuste de Estatus (Formulario I-485 para la Green Card):
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Quién paga: Es negociable.
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La práctica: Este es el último paso para la residencia. Muchas empresas pagan la petición corporativa (I-140), pero requieren que el empleado pague las tarifas de su propio Ajuste de Estatus (I-485), sus exámenes médicos y las tarifas de su familia.
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3. La Estrategia de Protección: Acuerdos de Reembolso ("Clawback Agreements")
Este es un consejo crucial de consultoría B2B. ¿Qué pasa si tu empresa invierte $10,000 o $15,000 dólares en transferir a un gerente y sacarle su Green Card, y a los tres meses de obtenerla, el empleado renuncia para irse a la competencia?
Para proteger la inversión de la empresa, es estándar en la industria firmar un Acuerdo de Reembolso (Clawback Agreement) antes de iniciar el trámite.
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Cómo funciona: El contrato estipula que si el empleado renuncia voluntariamente (o es despedido con causa justificada) dentro de un período específico (usualmente 1 o 2 años) después de obtener la visa o la Green Card, deberá reembolsar a la empresa una parte prorrateada de los gastos legales y gubernamentales.
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Nota legal: Recuerda que estos acuerdos no se pueden usar para recuperar los costos de un proceso PERM o tarifas base de la H-1B, pero son perfectamente legales y muy recomendables para los costos de la visa L-1 y los trámites de la familia.
Medidas estrategicas que implementamos:
Para que tu empresa esté protegida y el proceso sea transparente, el departamento de Recursos Humanos debería redactar una "Política de Patrocinio Migratorio" interna antes de ofrecerle el traslado a cualquier empleado en el extranjero.
¡Un ejemplo de la estructura Básica: Política de Patrocinio Migratorio de RR. HH.
1. Propósito y Alcance
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Objetivo: Explicar brevemente que el propósito de la política es atraer y retener talento global clave que sea vital para el éxito de la empresa.
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Discrecionalidad: Aclarar que el patrocinio de visas o Green Cards es un privilegio y un beneficio a discreción exclusiva de la empresa, no un derecho garantizado del empleado.
2. Criterios de Elegibilidad
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Quién califica: Definir qué niveles de puestos califican para el traslado (ej. solo nivel gerencial, directores o especialistas técnicos clave).
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Antigüedad y Desempeño: Establecer reglas claras (ej. "El empleado debe haber trabajado al menos 1 año en la sucursal extranjera con evaluaciones de desempeño excelentes para ser considerado para una visa L-1").
3. Tipos de Visas Aprobadas
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Listar explícitamente qué visas está dispuesta a patrocinar la empresa (ej. L-1A, L-1B, TN) y cuáles no (ej. "La empresa ya no participará en la lotería H-1B debido a los altos costos").
4. Responsabilidades Financieras (Quién paga qué) Esta sección debe ser la más clara de todas.
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Costos cubiertos por la Empresa: * Honorarios legales y tarifas gubernamentales del empleado principal (I-129, I-140).
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Vuelos de reubicación iniciales (si aplica).
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Costos cubiertos por el Empleado:
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Tarifas gubernamentales y honorarios legales de dependientes (cónyuge e hijos).
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Traducciones de documentos personales (actas de nacimiento, matrimonio).
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Gastos del Ajuste de Estatus personal (I-485) y exámenes médicos.
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Procesamiento Rápido (Premium Processing): Aclarar quién lo paga. (Ej. "La empresa pagará los $2,805 del proceso rápido solo si hay una necesidad urgente del negocio; si el empleado lo quiere por conveniencia personal, él asume el costo").
5. Tiempos para Patrocinar la Residencia Permanente (Green Card)
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Establecer una línea de tiempo clara para manejar las expectativas del empleado.
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Ejemplo: "Para empleados con visa L-1A, la empresa iniciará la evaluación para el patrocinio de la Green Card (EB-1C) después de 12 meses de trabajo continuo en la oficina de EE. UU."
6. Acuerdo de Retención y Reembolso (Clawback Agreement)
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Incluir la regla de protección de la inversión.
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Ejemplo: "Si el empleado renuncia voluntariamente o es despedido con causa justificada dentro de los 18 meses posteriores a la obtención de su visa/Green Card, deberá reembolsar a la empresa un porcentaje prorrateado de los honorarios legales y costos gubernamentales permitidos por la ley".
7. Obligaciones y Cumplimiento del Empleado (Compliance)
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El empleado es responsable de mantener su pasaporte válido.
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Debe notificar a RR. HH. y al gobierno dentro de los 10 días posteriores a cualquier cambio de domicilio en EE. UU.
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No debe aceptar empleo fuera de la empresa matriz sin autorización.
Tener este documento listo le dará a su empresa una imagen muy profesional frente al talento internacional que desean traer.
Por que debe contratarnos
1. Aportamos garantías.
2. Especialización Exclusiva en B2B (Corporativo vs. Familiar)
El derecho migratorio es inmenso. Un abogado que es brillante defendiendo casos de asilo o deportación en la corte (como la situación familiar que hablábamos al principio) no necesariamente sabe cómo estructurar las finanzas de una empresa para una visa L-1.
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Aseguramos una dedicación exclusiva a su gestión (o en su gran mayoría) a la inmigración corporativa y de negocios. Hablamos el mismo idioma: nóminas, organigramas, control accionario y balances financieros.
3. Implementamos un modelo de Tarifa Plana (Flat Fee). Esto significa que cobramos una cantidad fija por todo el proceso de la visa L-1 (por ejemplo, $4,500 USD), sin importar cuántos correos electrónicos nos envíe tu equipo de RR. HH. o cuántas llamadas hagan. Esto nos permite presupuestar con exactitud desde el día uno.
4. La "Cláusula RFE" (Peticiones de Evidencia)
El gobierno de EE. UU. (USCIS) se ha vuelto muy estricto. Es muy común que, tras enviar la solicitud, el gobierno responda con un "RFE" (Request for Evidence), pidiendo más documentos para comprobar que la empresa extranjera y la de EE. UU. están conectadas. Responder a un RFE requiere mucho trabajo legal.
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La pregunta clave: "¿Su tarifa plana incluye la respuesta a un posible RFE, o nos cobrarán extra si USCIS pide más evidencia?"
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Lo ideal: Incluimos la respuesta al primer RFE dentro de nuestra tarifa plana, porque confíamos en que armamos bien el caso desde el principio.
5. Tecnología y Portal para RR. HH.
Establecemos un acceso seguro con software de gestión empresarial todo en uno, donde podrá visualizar el estatus de su caso caso en tiempo real (ej. "En preparación", "Enviado a USCIS") y saber exactamente qué documentos faltan.
Tener una expectativa de tiempo realista es fundamental para que las operaciones de su empresa no se detengan mientras esperan al empleado. El error más común de las empresas es asumir que el proceso empieza el día que envían la solicitud, cuando en realidad la mayor parte del trabajo ocurre antes.
Cronograma típico de una transferencia de visa L-1, dividido en cuatro fases clave.
Fase 1: Recopilación y Preparación Interna (Aprox. 4 a 8 semanas)
Esta fase depende 100% de la velocidad de tu equipo de Recursos Humanos y del empleado en el extranjero. Suele ser el "cuello de botella" del proceso.
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Qué sucede: Tu empresa debe recopilar toda la evidencia corporativa que mencionamos antes (actas, nóminas, impuestos, organigramas). El empleado debe reunir sus recibos de pago y documentos de identidad.
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El rol de nosotros: Revisar que los documentos sean sólidos y empezar a armar la estrategia legal.
Fase 2: Redacción Legal y Envío (Aprox. 2 a 3 semanas)
Una vez que recibimos y tenemos todo ordenado los documentos, tomamos el control.
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Qué sucede: Redactamos la "Carta de Soporte" (Support Letter). Este es el documento más importante del caso; es un ensayo legal extenso donde le explicamos a USCIS por qué tu empresa califica y por qué este empleado es un gerente o especialista vital.
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Envío: Se firma el Formulario I-129 y el paquete físico se envía al gobierno (USCIS).
Fase 3: Procesamiento del Gobierno / USCIS (15 días o varios meses)
Aquí es donde la empresa debe tomar una decisión financiera importante sobre cómo manejar el tiempo. Tienes dos opciones:
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Procesamiento Normal (2 a 6 meses): Tu empresa solo paga las tarifas base. USCIS procesará el caso a su ritmo, lo cual es impredecible.
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Procesamiento Rápido o "Premium Processing" (Exactamente 15 días calendario): Si la empresa paga una tarifa extra de $2,805 USD al gobierno, USCIS está legalmente obligado a dar una respuesta (Aprobación, Denegación o Petición de más Evidencia/RFE) en un máximo de 15 días. Casi todas las empresas optan por esto para no frenar sus operaciones.
Fase 4: Cita Consular y Llegada (Aprox. 2 a 6 semanas)
USCIS aprobó el caso corporativo, pero el empleado aún necesita el sello físico en su pasaporte para viajar.
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Qué sucede: Con la aprobación oficial (Formulario I-797), el empleado llena un formulario (DS-160) y programa una entrevista en la Embajada de EE. UU. en su país de origen.
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La entrevista: Es generalmente rápida (5-10 minutos). El cónsul solo verifica que la persona coincida con la solicitud aprobada.
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Llegada: El pasaporte con la visa se devuelve en unos días, y el gerente puede volar a Estados Unidos inmediatamente para presentarse en tu oficina.
Resumen del Cronograma Total
Modalidad de ProcesamientoTiempo Estimado Total:
Con Premium Processing 2.5 a 4 meses.
Proyectos urgentes, reemplazos críticos o lanzamientos de nuevas sucursales.
Procesamiento Normal 4 a 8+ mesesTraslados planificados a largo plazo donde el gerente puede seguir operando desde el extranjero.
Nota: Si USCIS emite un "RFE" (pidiendo más documentos en la Fase 3), el reloj se pausa y esto puede agregar de 3 a 6 semanas extra al proceso.
Con toda esta información sobre costos, requisitos, beneficios y tiempos de la visa L-1, tienes un caso de negocios muy sólido para presentar internamente.
MIGRATION AND HUMAN RIGHTS OBSERVATORY


Si tienes un proceso migratorio ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) o ante la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR) y requieres de asesoría gratuita, puedes adjuntar tus datos con la siguiente información enviándolo únicamente al correo electrónico john@v5ga.org en el siguiente orden:
If you have an immigration process before the United States Citizenship and Immigration Service (USCIS) or before the Executive Office for Immigration Review (EOIR) and you require free advice, you can attach your data with the following information by sending it only to the mail email op @v5ga.com in the following order:
1. Nombres completos y apellidos.
2. El Número de registro de extranjero, o Número A, es un número que USCIS le proporciona para identificarlo.
Estos números suelen tener de siete a nueve dígitos. Sirven como su identificación y ayudan a USCIS a realizar un seguimiento de sus archivos y documentos importantes. Cada número A es único para cada persona.
1. Full names and surnames.
2. Alien Registration Number, or A-Number, is a number provided to you by USCIS to identify you.
These numbers usually have seven to nine digits. They serve as your ID and help USCIS keep track of your important files and documents. Each A number is unique to each person.
Las violaciones de los derechos humanos de los inmigrantes pueden incluir la denegación de derechos civiles y políticos, como la detención arbitraria, la tortura o la falta de garantías procesales, así como derechos económicos, sociales y culturales como el derecho a la salud, la vivienda o la educación. La denegación de los derechos de los inmigrantes suele estar estrechamente relacionada con leyes discriminatorias y con actitudes de prejuicio o xenofobia.
Violations of the human rights of immigrants can include the denial of civil and political rights, such as arbitrary detention, torture, or lack of due process, as well as economic, social, and cultural rights such as the right to health, housing, or education. The denial of the rights of immigrants is often associated with discriminatory laws and attitudes of prejudice or xenophobia.
El propósito del este observatorio es generar conocimiento por medio del monitoreo y análisis de la situación de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de los inmigrantes en los Estados Unidos de America por medio de la articulación y procesamiento de información confiable y oportuna, identificando políticas, programas, proyectos, mecanismos y procesos de las agencias federales en los Estados Unidos. Así mismo como es el seguimiento de casos ante la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración del Departamento de Justicia de los Estados Unidos (EOIR), contribuyendo a determinar la realización y el goce efectivo de los derechos de los inmigrantes.
The purpose of this observatory is to generate knowledge through monitoring and analysis of the situation of Human Rights and International Humanitarian Law of immigrants in the United States of America through the articulation and processing of reliable and timely information, identifying policies, programs, projects, mechanisms and processes of federal agencies in the United States. Likewise, as is the follow-up of cases before the Executive Office for Immigration Review of the United States Department of Justice (EOIR), contributing to determining the realization and effective enjoyment of the rights of immigrants.
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Nuestro observatorio cuenta y brinda asesoría legal especializada en temas humanitarios como Estatus de Protección Temporal (TPS), Reunificación Familiar y Casos de Refugio o Asilo. Capacitación y acompañamiento en cualquier litigio de su caso migratorio por la vía legal, combinado con la estricta aplicación de la ley, ayudando a los solicitantes con herramientas de consulta especializada, cada uno enfocado en una sola causa, estando listos y disponibles para cualquier proceso, entrevista o defensa de tu condición.
Our observatory has and provides specialized legal advice on humanitarian issues such as Temporary Protection Status (TPS), Family Reunification, and Refugee or Asylum Cases. Training and accompaniment in any litigation of your immigration case through legal channels, combined with the strict application of the law, helping applicants with specialist consultation tools, each focused on a single cause, being ready and available for any process, interview, or defense of your condition.

Nuestro método se basa en el Programa de Reconocimiento y Acreditación (R&A), cuyo objetivo es aumentar el acceso a una representación legal competente en materia de inmigración para personas con bajos ingresos, apoyando la administración eficaz y eficiente de la justicia. Nuestro grupo está formado por abogados, escritores y traductores certificados de renombre, cada uno con más de 20 años de experiencia y conocimientos en su campo, que aportan responsabilidad y un toque de filantropía a los servicios de representación de bajo costo para extranjeros ante el Departamento de Seguridad Nacional (DHS), la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR), los tribunales de inmigración y la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA).
Our method is through the Recognition and Accreditation Program (R&A), which aims to increase access to competent immigration legal representation for low-income individuals, supporting the effective and efficient administration of justice. Our group is made up of renowned attorneys, writers, and certified translators, each with over 20 years of experience and knowledge in their field, bringing responsibility and a touch of philanthropy to low-cost representation services for foreigners before the Department of Homeland Security (DHS), the Executive Office for Immigration Review (EOIR), Immigration Courts, and the Board of Immigration Appeals (BIA).